Cali, septiembre 3 de 2026. Actualizado: jueves, septiembre 3, 2026 21:34

Podrá ajustar hasta el 20% del presupuesto

Concejo de Cali otorga facultades a Alejandro Eder para atender la emergencia causada por el terremoto

Concejo de Cali otorga facultades a Alejandro Eder para atender la emergencia causada por el terremoto
Foto: Concejo de Cali
jueves 3 de septiembre, 2026

El Concejo de Cali otorgó al alcalde Alejandro Eder facultades para atender la emergencia causada por el terremoto del 10 de agosto, con autorizaciones para realizar modificaciones presupuestales dirigidas a la población afectada y la reconstrucción de la ciudad.

Las medidas tendrán límites definidos sobre el monto de los recursos que podrán modificarse y el tiempo durante el cual estarán vigentes.

La Comisión de Presupuesto cerró el estudio del proyecto de acuerdo 099, mediante el cual se confieren estas facultades al mandatario.

Facultades con límites

Las facultades al alcalde Alejandro Eder tendrán vigencia hasta el 30 de noviembre de 2026 y permitirán modificar o realizar ajustes hasta por el 20% del presupuesto total del Distrito Especial de Santiago de Cali correspondiente al presente año.

Estas modificaciones se realizarán dentro de la Declaratoria de Calamidad Pública establecida mediante el Decreto Distrital 4112.010.20.0963 del 10 de agosto de 2026.

También estarán relacionadas con la declaratoria de situación de desastre nacional del Decreto 1171 del 11 de agosto y el estado de emergencia económica, social y ecológica contenido en el Decreto 1261 del 19 de agosto.

Entre las facultades para atender la emergencia se encuentran las adiciones presupuestales.

La Alcaldía podrá incorporar mayores recaudos provenientes de ingresos de libre destinación, excedentes financieros de rentas sin destinación específica, recursos de capital, donaciones y aportes de la Nación o del Departamento destinados específicamente a la atención y recuperación frente a la calamidad.

El proyecto también autoriza traslados presupuestales mediante créditos y contracréditos.

Estos movimientos podrán realizarse entre secciones, programas, subprogramas y proyectos de los presupuestos de inversión y funcionamiento, mediante la reducción de partidas no prioritarias para trasladar los recursos exclusivamente a las acciones contempladas en el Plan de Acción Específico, PAE.

Recursos para emergencia

El Plan de Acción Específico tendrá un papel central en las modificaciones que realice el alcalde Alejandro Eder.

El Consejo Distrital de Gestión del Riesgo de Desastres adopta este instrumento de acuerdo con el artículo 61 de la Ley 1523 de 2012 y deberá incorporarse como anexo integrante del acuerdo.

De esta manera, el PAE será el referente para determinar las modificaciones presupuestales que realice la Administración Distrital mediante las facultades al alcalde.

Los recursos deberán destinarse a atender oportunamente la emergencia, mitigar sus efectos, prevenir su extensión y desarrollar las acciones establecidas para enfrentar las consecuencias del terremoto en Cali.

La autorización establece así condiciones específicas para el manejo presupuestal relacionado con la emergencia: una vigencia hasta el 30 de noviembre, un límite del 2% del presupuesto distrital y la obligación de orientar las modificaciones hacia el Plan de Acción Específico.


Concejo de Cali otorga facultades a Alejandro Eder para atender la emergencia causada por el terremoto

Comments

ads_top
Powered by Sindyk Content
Arriba