Cali, septiembre 14 de 2026. Actualizado: lunes, septiembre 14, 2026 16:15

Gobierno pone nuevas reglas a los llamados “carros cazafotomultas”

No más comparendos desde vehículos con cámaras sin un agente de tránsito presente

No más comparendos desde vehículos con cámaras sin un agente de tránsito presente
Foto: IA
lunes 14 de septiembre, 2026

El Gobierno Nacional estableció nuevas condiciones para el uso de vehículos equipados con cámaras y dispositivos electrónicos.

Cuando estos equipos funcionen como apoyo al control en vía, deberá existir un agente de tránsito presente, visible e identificado que opere el dispositivo y expida el comparendo.

Los vehículos que recorren las calles equipados con cámaras para detectar posibles infracciones de tránsito ya no podrán utilizar estos dispositivos para generar comparendos sin la presencia de un agente.

El Gobierno Nacional expidió una resolución que busca poner reglas claras al uso de la tecnología como herramienta de apoyo al control en las vías y diferenciarla de los sistemas automáticos de fotodetección.

La medida responde a la instrucción del presidente Abelardo De La Espriella de revisar lo que el Gobierno ha denominado abusos relacionados con los llamados “carros cazafotomultas”.

“Las fotomultas deben servir para salvar vidas, no para hacer negocios con los ciudadanos”, aseguró la ministra de Transporte, Elsa Noguera, al explicar el alcance de las nuevas disposiciones.

¿Qué cambia para los conductores?

Uno de los puntos centrales es que, cuando una cámara o dispositivo tecnológico instalado en un vehículo sea utilizado como apoyo al control en vía, deberá estar acompañado por un agente de tránsito.

El funcionario tendrá que encontrarse presente, visible e identificado, operar directamente el equipo y ser quien expida el correspondiente comparendo.

En la práctica, la intención es impedir que un vehículo se ubique en determinado lugar, registre mediante una cámara una supuesta infracción y esa imagen termine posteriormente convertida en un comparendo sin intervención directa del agente.

Para el Ministerio de Transporte, el control debe tener principalmente una función preventiva.

“Cuando un vehículo se esconde para tomar una fotografía sin que el conductor lo vea, no está logrando que reduzca la velocidad ni evitando un riesgo en la vía. La tecnología debe ayudar a prevenir, no simplemente a sancionar”, señaló Noguera.

No todas las cámaras son iguales

La decisión también pretende aclarar una diferencia fundamental: una cosa son los sistemas automáticos de fotodetección y otra los dispositivos tecnológicos que sirven como apoyo a los agentes de tránsito.

La nueva resolución deroga la Circular 867 del 24 de diciembre de 2025.

Según la información entregada por el Gobierno, esa disposición habría establecido requisitos no contemplados en la ley y generado confusión entre las dos modalidades.

Esa interpretación habría permitido que vehículos dotados con cámaras detectaran presuntas infracciones que posteriormente terminaban en comparendos, sin contar con la autorización correspondiente de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).

La nueva normativa busca cerrar esa posibilidad.

Cerca de 40.000 órdenes bajo revisión

La decisión se conoce pocos días después de que el presidente ordenara a la Agencia Nacional de Seguridad Vial realizar una revisión nacional de los sistemas de fotodetección utilizados para imponer comparendos.

De acuerdo con la información oficial suministrada, una revisión preliminar encontró cerca de 40.000 órdenes que podrían haber sido generadas irregularmente, situación que encendió las alertas sobre la manera como estaban funcionando algunos de estos sistemas.

Uno de los primeros casos detectados se presentó en Cartago, donde se impidió que entrara en funcionamiento un sistema de fotodetección debido a que, según el Gobierno, no cumplía los requisitos técnicos exigidos.

La revisión nacional también encontró 12 dispositivos cuyas autorizaciones se encuentran en proceso de revocatoria, debido a cambios relacionados con la competencia de las autoridades de tránsito.

Con las nuevas reglas, el Gobierno no elimina el uso de tecnología para controlar las infracciones. Lo que busca es establecer límites sobre la manera en que puede utilizarse.

Para los conductores, la principal diferencia será visible en las calles: si un vehículo con cámaras está siendo utilizado como apoyo para imponer comparendos, detrás de la tecnología deberá existir un agente de tránsito presente, identificado y responsable del procedimiento.


No más comparendos desde vehículos con cámaras sin un agente de tránsito presente

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