Cali, julio 24 de 2025. Actualizado: jueves, julio 24, 2025 21:38
La Ley 1116 ofrece una salida legal
Reorganizar o liquidar: decisiones clave en tiempos de crisis empresarial
Cristian Ruiz – Abogado G-Legal
Instagram: g_legalco
En un entorno económico cada vez más competitivo y volátil, las empresas —sin importar su tamaño o sector— enfrentan desafíos que pueden poner en riesgo su estabilidad.
Si bien muchas crisis empresariales tienen origen en errores internos como la mala gestión o la falta de planificación, también existen factores externos e imprevisibles que afectan su continuidad.
Frente a esta realidad, la Ley 1116 de 2006 se consolida como una herramienta jurídica esencial en Colombia, al ofrecer dos caminos ante la insolvencia: la reorganización y la liquidación judicial.
Estos procesos no solo brindan soluciones estructurales a las dificultades empresariales, sino que también ayudan a preservar empleos, proteger acreencias y mantener el orden económico.
La insolvencia no es sinónimo de fracaso
Asociar insolvencia con quiebra o fracaso es un error común. En muchos casos, se trata de empresas viables que atraviesan problemas puntuales: fallas administrativas, exceso de endeudamiento, liderazgo débil o expansión desmedida.
La insolvencia, entendida como la imposibilidad de cumplir las obligaciones financieras al vencimiento, puede ser reversible si se actúa a tiempo.
En ese sentido, la Ley 1116 no solo ofrece una salida legal a las consecuencias de la crisis, sino que también permite atacar sus causas.
Reorganización: una segunda oportunidad
La reorganización empresarial permite a las compañías viables renegociar sus deudas con los acreedores, ajustar su operación y suspender temporalmente obligaciones financieras.
Así se evita el embargo de activos y se gana tiempo para recuperar el equilibrio financiero.
Este proceso también impacta lo estructural: facilita cambios en la administración, revisión de contratos, atracción de inversionistas o asesoría externa.
En casos de liderazgo débil o desorganización interna, la intervención de la Superintendencia de Sociedades puede ser clave para reencaminar la empresa.
Más que evitar la quiebra, la reorganización permite reinventarse y evolucionar. Transforma la insolvencia en una oportunidad de cambio y fortalecimiento.
Liquidación: cerrar con legalidad y orden
Cuando una empresa ya no es viable o incumple el acuerdo de reorganización, se activa la liquidación judicial.
Este proceso, también regulado por la Ley 1116, permite vender ordenadamente los activos y pagar a los acreedores, priorizando a los trabajadores.
La liquidación no debe verse como castigo, sino como un cierre legal y responsable. Evita maniobras informales que podrían perjudicar a empleados, proveedores y clientes.
Además, al estar supervisada por un juez o la Superintendencia, garantiza transparencia y fortalece la confianza en el sistema empresarial.
Un régimen útil para pequeños, grandes y el país
La importancia de esta ley se refleja tanto en pequeños comerciantes como en grandes empresas.
Muchos emprendedores, por desconocimiento o temor, no acceden a estos mecanismos, perdiendo la posibilidad de salvar sus negocios.
En los sectores estratégicos, el uso de este régimen evita efectos dominó: cuando una gran empresa entra en crisis sin acudir a la Ley 1116, puede arrastrar consigo a decenas de proveedores, trabajadores y entidades financieras.
Un caso conocido fue el de la cadena de supermercados “La 14”, que buscó salvarse mediante la reorganización, y aunque el proceso terminó en liquidación, permitió un cierre más ordenado y con menor impacto social.
Más que una ley: una estrategia
La Ley 1116 de 2006 debe entenderse como un mecanismo estratégico, no como un recurso desesperado.
Su correcta aplicación permite proteger el empleo, estabilizar el sistema financiero y sostener la economía regional y nacional.
En tiempos de crisis, es fundamental desmitificar la insolvencia y comprender que reorganizar o liquidar de forma legal puede marcar la diferencia entre el colapso total o la reconstrucción con inteligencia y dignidad.