Cali, octubre 5 de 2026. Actualizado: lunes, octubre 5, 2026 16:54

Un respiro para el bolsillo caleño

Hacienda habilita los alivios tributarios para acompañar a las familias y reconstruir a Cali

Hacienda habilita los alivios tributarios para acompañar a las familias y reconstruir a Cali
Foto: IA
lunes 5 de octubre, 2026

Entendiendo el momento complejo que atraviesan miles de hogares y pequeños comerciantes tras el sismo del pasado 10 de agosto, la Alcaldía de Santiago de Cali, a través del Departamento Administrativo de Hacienda Distrital, y bajo el liderazgo del alcalde Alejandro Eder, activó el paquete de alivios del Impuesto Predial que fue aprobado por el Concejo Distrital.

La medida fue diseñada como un canal de apoyo directo para que los ciudadanos puedan aliviar sus cargas financieras y proteger el patrimonio de sus familias.

A través del Acuerdo 0647 de 2026, la Administración estableció un alivio del 100% sobre los intereses moratorios del Impuesto Predial, permitiendo que quienes tienen vigencias atrasadas puedan ponerse al día con hasta cinco vigencias de cualquier año anterior a 2026, pagando el valor del impuesto correspondiente a cada vigencia beneficiada.

“Sabemos que han sido semanas difíciles para Cali. Ninguna institución puede ser indiferente ante la angustia de una familia que vio afectado su hogar o de un comerciante que lucha por mantener abiertas sus puertas. En Hacienda entendimos que las finanzas públicas tienen que ponerse del lado de la gente cuando más se necesita. Este alivio no es una exigencia de cobro; es una mano extendida para quitarle un peso de encima a los caleños, sanear las cuentas del hogar y permitir que, en la medida de las posibilidades de cada quien, unamos esfuerzos para levantar y reconstruir la ciudad que todos amamos”, expresó el director de Hacienda Distrital, Jhon Quinchua Ceballos.

¿En qué consiste el alivio y qué te descuentan?

El beneficio está diseñado de manera sencilla para que cualquier ciudadano pueda entenderlo y aprovecharlo:

– Descuento total en intereses del Predial: Te descuentan el 100% de los intereses moratorios acumulados en el Impuesto Predial de hasta 5 años adeudados anteriores a 2026.

– ¿Qué debes pagar? Únicamente pagas el valor del impuesto Predial (el capital), más el valor de las sobretasas (bomberil, ambiental y alumbrado) con sus respectivos intereses. El alivio recae sobre el interés de mora del Impuesto Predial.

– Límite de años: El beneficio aplica para un máximo de 5 vigencias por cada inmueble. Si tienes varios predios, este límite se aplica de manera independiente para cada uno de ellos.

– Sin requisito de paz y salvo: No necesitas estar al día con años anteriores para recibir el descuento sobre las vigencias que decidas cancelar.

Dos plazos según tu caso: ¿Hasta cuándo hay tiempo?

El Acuerdo 0647 reconoce que la situación económica golpeó a toda la ciudad, pero otorga un tratamiento especial a quienes sufrieron daños en sus viviendas, de esta manera el 100% de descuento en los intereses moratorios del Impuesto Predial funcionan así:

– Para la ciudadanía en general: Todos los contribuyentes que deban años anteriores a 2026 pueden acceder al alivio pagando a más tardar el 31 de diciembre de 2026.

– Para familias e inmuebles afectados por el sismo: Tienen un plazo extendido hasta el 31 de diciembre de 2027 para cancelar con el alivio. Deben estar certificados por la Secretaría de Gestión del Riesgo.

Guía rápida: ¿Cuál es tu caso y qué debes hacer?

– Si debes de 1 a 5 años de Predial: ¡Es muy fácil! Entra a la página web institucional (www.cali.gov.co) o usa la aplicación móvil Impuestos Cali. Descarga tu factura, verifica que el descuento del 100% en intereses ya viene aplicado de manera automática y paga por PSE o en bancos. ¡No tienes que hacer filas ni ir a ninguna oficina! En caso de que no lo veas reflejado, el sistema está siendo ajustado y pronto lo verás en tu factura.

– Si debes más de 5 años o quieres pagar por partes: Acércate a un punto de atención de Hacienda para seleccionar cuáles 5 años deseas pagar sin intereses. Recuerda que cada vigencia beneficiada debe pagarse completamente.

– Si ya habías abonado una parte de un año: Solo debes pagar lo que te falta de ese año y se te descontarán los intereses de mora pendientes sobre ese saldo.

– Si tienes un acuerdo de pago vigente: Puedes solicitar la desactivación del acuerdo en un punto de atención de Hacienda y generar inmediatamente tu factura para pagar las vigencias adeudadas con el 100% de descuento en intereses.

– Si tienes un proceso de cobro coactivo (sin embargo): Descarga tu factura desde la página web, paga con el alivio aplicado y frena el avance del proceso.

¿Dónde solicitar y pagar tu factura?

Para facilitar el trámite y evitar desplazamientos innecesarios, Hacienda Distrital habilitó múltiples canales virtuales y presenciales:

– Canal Virtual (24 horas): Generación de factura y pago en línea por PSE en la plataforma www.cali.gov.co.

– Puntos de Atención Presencial (Para casos especiales o asesoría): Edificio Bulevar de la Sexta (Av. 6N #13N-50), CALI 6, CALI 17, C.C. Chipichape y C.C. Cosmocentro.

– Entidades Bancarias: Banco AV Villas, BBVA, Bancoomeva, Itaú, Banco de Bogotá, Banco de Occidente, GNB Sudameris, Davivienda y Banco Popular.

– Redes de Corresponsales: Más de 1250 puntos Gane en las 22 comunas (pagos hasta $15 millones por transacción) y 399 puntos Efecty (pagos hasta $3 millones por transacción).

– Puntos de pago automáticos con tarjeta débito o crédito (visa o mastercard): Centros Comerciales Unicentro, Palmetto, Único, Centenario, almacén Éxito Calipso, los C.A.L.I. 4 y 17, Hall Bancario del CAM y el edificio Torre de Cali.

Alivios adicionales en el Predial para inmuebles afectados

Además del alivio sobre los intereses moratorios, el Acuerdo 0647 contempla exoneraciones del Impuesto Predial para inmuebles afectados directamente por el sismo, según su condición:

– Predios colapsados que no hayan pagado la vigencia 2026: Tienen exoneración del 100 % del Impuesto Predial correspondiente a la vigencia 2026.

– Predios colapsados que sean reconstruidos: Tienen exoneración del 100% del Impuesto Predial durante cuatro vigencias fiscales. Si el Predial 2026 ya había sido pagado en su totalidad, el beneficio será de cinco vigencias. La exoneración empieza a aplicarse desde la vigencia siguiente a aquella en que la nueva construcción quede incorporada o actualizada en la información catastral.

– Predios que, después del colapso o demolición total, permanezcan como lote: Tienen exoneración del 100 % del Impuesto Predial durante las vigencias 2027, 2028 y 2029, siempre que se mantenga acreditada esa condición.

– Predios afectados, calificados como no habitables y que no requieran demolición sino mejoras: Tienen una exoneración del 50 % del Impuesto Predial durante la vigencia 2027.

En Hacienda entendemos que las finanzas públicas tienen sentido cuando mejoran la vida de las personas.

Por eso, estos alivios buscan darle a los caleños una oportunidad real para ponerse al día, recuperar tranquilidad financiera y contar con mejores condiciones para seguir adelante después del sismo.

Comments

ads_top
Powered by Sindyk Content
Arriba